Cómo presentarse como jefe de familia

Autor: Clyde Lopez
Fecha De Creación: 24 Agosto 2021
Fecha De Actualización: 10 Mayo 2024
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Cómo presentarse como jefe de familia - Conocimientos
Cómo presentarse como jefe de familia - Conocimientos

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Para presentar su declaración de impuestos federales como cabeza de familia, debe cumplir con los siguientes requisitos: no estaba casado o se consideraba que estaba casado el último día del año fiscal; pagó más de la mitad del costo del mantenimiento de una casa; y tuvo una persona calificada viviendo con usted en su hogar durante al menos la mitad del año. Si cumple con los requisitos para ser cabeza de familia, generalmente su tasa impositiva será más baja que las tasas para solteros o casados ​​que declaran por separado y recibirá una deducción estándar más alta. También será elegible para reclamar ciertos créditos que no puede reclamar si está casado y presenta una declaración por separado, como el crédito por cuidado de dependientes y el crédito por ingreso del trabajo. Esto podría generar un ahorro fiscal o un reembolso mayor.

Pasos

Parte 1 de 4: Calificación basada en el estado civil


  1. Determina tu estado civil con el IRS. El primer requisito para declararse como jefe de familia es que debe estar soltero el último día del año fiscal. A los efectos de declarar como cabeza de familia, el IRS lo considera soltero durante todo el año o casado pero soltero para efectos de la declaración, si el último día del año fiscal usted:
    • No estaban casados; o separado legalmente de su cónyuge en virtud de un divorcio o un decreto de manutención por separado. Para aquellos que se casaron o se divorciaron, el IRS define soltero como haber obtenido un decreto final de divorcio o decreto de anulación antes del último día del año fiscal y que cumple con la definición de soltero de su estado para propósitos fiscales (discutido a continuación). El IRS lo considerará casado y le exigirá que declare casado si solo se divorció a efectos fiscales y se volvió a casar con su cónyuge en el siguiente año fiscal.
    • Presentó una declaración separada que reclama el estado civil de casado que presenta una declaración por separado, soltero o cabeza de familia.
    • Pagó más de la mitad del costo de mantener su hogar durante el año.
    • Su cónyuge no vivió en su casa durante los últimos seis meses del año fiscal.
    • Su hogar fue el hogar principal de su hijo, hijastro o hijo adoptivo durante más de la mitad del año
    • Reclamó una exención para su hijo.

  2. Aclare su estado si se divorció o se separó durante el año fiscal. Si se divorció o se separó legalmente durante el año fiscal, debe determinar si su propio estado lo considera soltero a los efectos de la declaración de impuestos. El IRS difiere de la definición de cada estado de casado / soltero según lo establecido por la ley fiscal estatal.
    • Por ejemplo, en Texas se le considera casado a efectos fiscales hasta que haya una sentencia de divorcio final, incluso si está legalmente separado.
    • Debe consultar el sitio web fiscal de su gobierno estatal o la ley fiscal estatal para determinar si se le considera casado a efectos fiscales.
    • Puede encontrar un enlace a los sitios web de impuestos del gobierno estatal en: https://www.irs.gov/Businesses/Small-Businesses-&-Self-Employed/State-Links-1.
    • Una vez en el sitio web de impuestos estatales, es posible que deba realizar una búsqueda de "soltero" e "impuestos".
    • También puede realizar una búsqueda en Internet del nombre de su estado y las palabras "casado a efectos fiscales y separación legal". Esta búsqueda debe dirigirlo al sitio web estatal correspondiente.

  3. Elija cómo tratar a su cónyuge que es un extranjero no residente. Si su cónyuge no era ciudadano de los EE. UU. (Extranjero), él o ella pueden ser considerados extranjeros no residentes durante el año fiscal, lo que significa que a usted se le considera soltero para propósitos de cabeza de familia. Sin embargo, el IRS ha establecido dos pruebas que determinan si su cónyuge es de hecho un extranjero residente. Si según cualquiera de estas pruebas se determina que su cónyuge es un extranjero residente, se le considerará casado a efectos fiscales. Las dos pruebas son la prueba de la tarjeta verde y la prueba de presencia sustancial.
  4. Determine el estado de residencia de su cónyuge bajo la prueba de la tarjeta verde. Según la prueba de la tarjeta verde, su cónyuge es residente a efectos fiscales si usted es un residente permanente legal de los Estados Unidos en cualquier momento durante el año calendario para el que presenta la declaración de impuestos.
    • Si se le considera un extranjero residente bajo esta prueba, no tiene que participar en la prueba de presencia sustancial.
    • Si se le considera un extranjero no residente, debe determinar el estado de residencia de su cónyuge bajo la prueba de presencia sustancial.
  5. Determine el estado de residencia de su cónyuge bajo la prueba de presencia sustancial. La prueba de presencia sustancial es una prueba de dos partes que analiza la cantidad de días que su cónyuge estuvo físicamente presente en los EE. UU. Durante los tres años anteriores, comenzando con el año tributario para el que está presentando la declaración.
    • La primera parte de la prueba pregunta si la persona en cuestión estuvo físicamente presente en los EE. UU. Durante al menos 31 días durante el año fiscal. Si su respuesta es no, entonces su cónyuge se considera un extranjero no residente. Si su respuesta es sí, debe pasar a la segunda parte de la prueba.
    • La segunda parte de la prueba pregunta si la persona en cuestión estuvo físicamente presente en los EE. UU. Durante al menos 183 días durante el período anterior de 3 años (el año fiscal para el cual está presentando la declaración y dos años inmediatamente antes). Debe calcular los 183 días como se establece a continuación.
    • Para el año fiscal actual, sume todos los días que su cónyuge estuvo presente en los EE. UU. Por ejemplo, si su cónyuge estuvo presente durante 60 días, los 60 días contarían para el total de 183.
    • Para el año anterior al año fiscal, sume todos los días que su cónyuge estuvo presente y divida el número total de días de ese año entre 3. La respuesta (o cociente) es el número de días de este año que cuenta para el 183 días en total. Por ejemplo, si su cónyuge estuvo presente durante 30 días, divida 30 entre 3 y la cantidad de días que contarían para el total de 183 es ​​10.
    • Para el año 2 años antes del año fiscal, sume todos los días que su cónyuge estuvo presente y divida el número total de días de ese año entre 6. La respuesta es el número de días de este año que cuenta para los 183 días. total. Por ejemplo, si su cónyuge estuvo presente durante 36 días, divida 36 entre 6 y la cantidad de días que contarían para el total de 183 es ​​6.
    • Sume el número total de días de los tres años juntos. Usando los números en los ejemplos anteriores, sumaría 60 + 10 + 6 = 76.
    • Si el número es 183 o más, se le considera un extranjero residente a efectos fiscales. Si el número es menor que 183, su cónyuge se considera un extranjero no residente y usted será considerado soltero para propósitos de cabeza de familia.

Parte 2 de 4: Pagar más de la mitad del costo del mantenimiento de su hogar

  1. Reúna todos los documentos financieros relacionados con su hogar. Para cumplir con la segunda calificación para declararse como cabeza de familia, debe poder demostrar que pagó más de la mitad del mantenimiento de su casa durante el año fiscal. El mantenimiento de la casa se considera en términos generales e incluye no solo las facturas de servicios públicos y el alquiler / hipoteca, sino también el costo de los alimentos que se consumen en el hogar. Para documentar la cantidad de dinero que gastó en el mantenimiento de su hogar, debe reunir lo siguiente:
    • Todos los extractos bancarios que muestran las transacciones del año fiscal que está presentando.
    • Todos los cheques cancelados o su registrador de cheques.
    • Todos los estados de cuenta de tarjetas de crédito para el año fiscal que está presentando.
    • Todos y cada uno de los recibos relacionados con el mantenimiento de la casa, incluidos los recibos de comestibles o comidas que comió en la casa o de electrodomésticos u otros artículos de mantenimiento que se compraron para la casa.
    • Si no está seguro de lo que pagó en facturas de servicios públicos, generalmente puede solicitar facturas anteriores en línea o por teléfono a la compañía de servicios públicos.
  2. Calcule el costo total de mantener una casa durante un año. El IRS sugiere que desgloses los costos totales de mantenimiento y la parte que pagaste en las siguientes categorías de costos permitidos:
    • Impuestos de propiedad.
    • Gasto por intereses hipotecarios.
    • Alquilar.
    • Cargos por servicios públicos.
    • Reparaciones y mantenimiento.
    • Seguro de propiedad.
    • Alimentos consumidos en el hogar.
    • Otros gastos del hogar.
    • Al calcular los costos de mantenimiento, no puede incluir el costo de la ropa, la educación, el tratamiento médico, las vacaciones, el seguro de vida o el transporte. Además, no puede incluir el valor de alquiler de una casa de su propiedad o el valor de sus servicios o los de un miembro de su hogar.
    • El IRS proporciona una tabla que puede usar para rastrear los costos en: https://apps.irs.gov/app/vita/content/globalmedia/teacher/cost_of_keeping_up_home_4012.pdf.
  3. Determina si tu parte del mantenimiento fue más de la mitad. Una vez que haya calculado todos los costos asociados con el mantenimiento de la casa, debe determinar qué parte, si alguna, contribuyó a cada categoría y qué parte pagaron otras personas. Si la cantidad total que pagó es mayor que la cantidad que pagaron los demás, cumple con el requisito de pagar más de la mitad del costo de mantenimiento de la vivienda.

Parte 3 de 4: Determinar si una persona calificada vive con usted

  1. Determina si alguien vivió contigo la mitad del año. La calificación final para declararse como cabeza de familia es que una persona calificada vivió con usted en su hogar durante más de la mitad del año, excepto por ausencias temporales, como asistir a la escuela. Si alguien que no sea su cónyuge no vivió con usted durante más de la mitad del año tributario por el que está declarando impuestos, entonces no cumplirá con este requisito. Si alguien vivió con usted durante más de la mitad del año, debe verificar si esa persona cumple con los requisitos de una persona calificada.
    • Hay una excepción a este requisito. Si la persona que califica es su padre o madre dependiente, no es necesario que viva con usted.
  2. Determina si tu hijo es una persona calificada. Un niño puede ser considerado un niño calificado si cumple con la siguiente prueba:
    • El niño es su hijo, hija, hijastro, hijo adoptivo, hermano, hermana, medio hermano, media hermana, hermanastro, hermanastra o descendiente de cualquiera de estas personas.
    • El hijo tiene menos de 19 años al final del año tributario por el que presenta la declaración y es menor que usted y su cónyuge si presenta una declaración conjunta; o su hijo es un estudiante, menor de 24 años y menor que usted y su cónyuge, si presenta una declaración conjunta; o su hijo tiene una discapacidad total y permanente en cualquier momento del año, independientemente de su edad.
    • El niño vivió con usted durante más de la mitad del año.
    • El niño no proporcionó más de la mitad de su propia manutención durante el año.
    • El niño no está presentando una declaración conjunta para el año, a menos que esa declaración conjunta se presente solo para reclamar un reembolso del impuesto sobre la renta retenido o del impuesto estimado pagado.
  3. Determine si un pariente calificado vivía con usted. Otra categoría de persona calificada es un familiar que vivió con usted. Para cumplir con los requisitos del IRS para una persona calificada, su familiar debe cumplir con la siguiente prueba:
    • La persona no puede ser su hijo calificado ni el hijo calificado de ningún otro contribuyente.
    • La persona debe ser un pariente exento de vivir con usted o debe vivir con usted como miembro de su hogar durante todo el año y la relación no puede infringir la ley local.
    • Los familiares que están exentos de vivir con usted incluyen: su hijo, hijastro, hijo adoptivo o un descendiente de cualquiera de ellos; su hermano, hermana, medio hermano, media hermana, hermanastro o hermanastra; padre, madre, abuelo u otro antepasado directo, pero no padre adoptivo; padrastro o madrastra; un hijo o hija de su hermano, hermana, medio hermano o hermana; un hermano o hermana de su padre o madre; o su yerno, nuera, suegro, suegra, cuñado o cuñada.
    • Si cumple tanto con la prueba de persona calificada como con los requisitos de cuánto tiempo se requirió que una persona viviera con usted durante el año tributario, cumple con la tercera calificación para declararse como jefe de familia.

Parte 4 de 4: Indicar cabeza de familia en sus declaraciones de impuestos

  1. Utilice el formulario de impuestos correcto. Una vez que haya determinado que cumple con los tres requisitos para presentar la declaración como jefe de familia, solo puede reclamar el estado de cabeza de familia presentando un Formulario 1040A o un Formulario 1040 del IRS. También puede presentar un 1040EZ para los estados de presentación de declaración conjunta de soltero o casado, o 1040NR y 1040NR-EZ para extranjeros no residentes de EE. UU.
    • Puede descargar estos formularios del IRS en: https://www.irs.gov/Forms-&-Pubs.
  2. Marque la casilla denominada “Jefe de familia.”Una vez que haya ingresado su información personal, debe marcar la casilla denominada“ Jefe de familia ”para indicar su estado civil para efectos de la declaración.
    • También puede reclamar una exención para usted y para cada uno de sus dependientes, siempre que ningún otro contribuyente pueda reclamarlo como dependiente.
  3. Complete sus impuestos. Una vez que se haya designado a sí mismo como jefe de familia, debe proporcionar toda la información requerida en el Formulario 1040 o el Formulario 1040A del IRS.

Preguntas y respuestas de la comunidad



¿Puedo incluir a mi prometido como dependiente para poder presentar una solicitud como jefe de familia? Ella ya ha presentado sus impuestos.

Jill Newman, CPA
La asesora financiera Jill Newman es contadora pública certificada (CPA) en Ohio con más de 20 años de experiencia en contabilidad. Recibió su CPA de la Junta de Contabilidad de Ohio en 1994 y tiene una licenciatura en Administración de Empresas / Contabilidad.

Asesor financiero No, no puede reclamar a su prometido como su dependiente. Su prometido no sería un dependiente porque un dependiente es su hijo calificado o pariente calificado. Además, cuando está casado, su cónyuge nunca se considera su dependiente. PUEDE poder reclamar a un cónyuge como una exención. En una declaración conjunta, puede reclamar una exención para usted y otra para su cónyuge. Si presenta una declaración por separado, puede reclamar la exención para su cónyuge solo si él / ella no tenía ingresos brutos, no presenta una declaración conjunta y no era dependiente de otro contribuyente.


  • ¿Puede mi ex marido reclamar como cabeza de familia si él paga todos los gastos de la casa y vivimos como compañeros de habitación?

    Jill Newman, CPA
    La asesora financiera Jill Newman es contadora pública certificada (CPA) en Ohio con más de 20 años de experiencia en contabilidad. Recibió su CPA de la Junta de Contabilidad de Ohio en 1994 y tiene una licenciatura en Administración de Empresas / Contabilidad.

    Asesor financiero No, no puede reclamar el estado civil de cabeza de familia porque un excónyuge no se consideraría una persona calificada para cabeza de familia. Debe haber un hijo calificado o pariente calificado presente para este estado. Un cónyuge o ex cónyuge no cumple con este requisito.


  • ¿Puede mi exmarido reclamar como cabeza de familia si él paga todos los gastos de la casa y vivimos como compañeros de cuarto?

    Él podría, pero usted querría presentar sus impuestos de manera corroborativa.


  • ¿Puedo presentar la declaración como cabeza de familia si mi hija y sus tres hijos han estado viviendo conmigo y yo pago todo, si ella ya presentó su declaración como cabeza de familia?

    La única forma de hacer esto sería que ella preparara una declaración enmendada (1040X), cambiando su estado civil para efectos de la declaración a soltera y reclamándose solo ella misma como dependiente. Una vez hecho esto, puede reclamar como cabeza de familia y utilizar a los tres hijos como dependientes. Si se niega a modificar su declaración, no hay nada que pueda hacer excepto dejar de pagar todo y empezar a cobrarle por vivir allí.


  • ¿Puedo incluir a mi prometido como dependiente?

    Sí, si está pagando la mayoría de los gastos de manutención de su prometido, él / ella vive con usted y sus ingresos están dentro de ciertos límites.


  • ¿Tengo que incluir a mi hijo en mis impuestos si mi ex marido lo reclamó en sus impuestos y vivía conmigo?

    Hay muchos factores que determinarán el mejor curso de acción aquí, como cuánto tiempo durante el año vive con su exmarido, quién mantiene económicamente al niño, etc. más detalles basados ​​en su escenario individual.


    • Leí los requisitos del jefe de familia. Creo que los conozco. Soy soltero y durante todo el 2019 pagué todas las facturas, incluida la hipoteca y los impuestos. Mi novia ha vivido conmigo durante todo el año. ¿Cumplo con los requisitos? Responder


    • Si vivo con la madre soltera de mis hijos y ella no tiene ingresos, ¿puedo presentar la declaración como cabeza de familia? Responder


    • ¿Cómo puedo demostrar que pagué más de la mitad del costo del mantenimiento de mi casa si utilicé una cuenta bancaria compartida con mi esposa para pagar todos los costos? Responder


    • ¿Puede un cónyuge reclamar soltero o cabeza de familia cuando el otro cónyuge lo abandonó? Responder


    • ¿Es necesario que un familiar sea dependiente cuando alguien se presenta como jefe de familia? Responder
    Mostrar más preguntas sin respuesta

    Consejos

    • Si reclama el jefe de familia, pero el otro cónyuge reclama al hijo como una exención (para compartir equitativamente los ahorros fiscales relacionados con el hijo), debe presentar el Formulario 8332, Liberación / Revocación de liberación de reclamo de exención para el hijo por el padre con custodia. Este formulario permite al padre sin custodia reclamar al niño como dependiente.

    Advertencias

    • Verifique el código tributario cada año antes de presentar su declaración de impuestos sobre la renta, ya que los requisitos para presentar la declaración bajo el estado de cabeza de familia pueden cambiar.

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